Servicios REACH Integra

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Representación exclusiva de empresas no europeas - “Only Representative”

Desde el año 2008, REACH Integra es Representante Exclusivo de empresas de México, Colombia, Brasil, Argentina, Venezuela, … a efectos de lo dispuesto en el artículo 8 del Reglamento REACH.

REACH Integra cumple los cinco parámetros esenciales para ser un partner adecuado para su empresa si necesita un Representante exclusivo:

  • Experiencia de éxito como Representante exclusivo.
  • Conocimiento de los requisitos de Reglamento REACH.
  • Equipo técnico habituado al cumplimiento de las exigencias de REACH.
  • Competencia en el manejo de los productos químicos.
  • Capacidad para dar continuidad a los requisitos en el tiempo.

La garantía en la continuidad en los servicios de Representante exclusivo de REACH Integra está respaldada por las dos entidades que la forman, la Federación Empresarial de la Industria Química Española (FEIQUE) e INERCO Ingeniería, Tecnología y Consultoría, ya que ambas entidades cuentan con más de 30 años de experiencia y desarrollo de sus actividades.

 

Servicios como representante exclusivo

REACH Integra desarrolla los servicios de Representante exclusivo bajo una metodología de servicios propia, contrastada por el hecho de que desde 2008, REACH Integra ha prerregistrado y registrado con éxito todas las sustancias de nuestros clientes. Asimismos, somos miembros de Only Representive Organization (ORO).

Actualmente, todos nuestros clientes no europeos exportan con normalidad a la Comunidad Europea los productos de su interés, manteniendo la total confidencialidad sobre nuestros clientes, sus productos, sus clientes en la Comunidad Europea, etc.

En este sentido REACH Integra ejecuta todos los servicios necesarios para el registro de las sustancias, entre ellos los siguientes:

  • Identificación de obligaciones y planeamiento de actuaciones.
  • Prerregistro tardío de sustancias en fase transitoria.
  • Inquiry y registro de sustancias fuera de fase transitoria.
  • Elaboración del dossier registro de sustancias, tanto el registro individual a través de la Joint Submission como el registro completo en caso necesario.
  • Participación en los foros de intercambio de información sobre sustancias y consorcios.
  • Contacto con el líder de registro, adquisición de cartas de acceso y/o SIEF Agreement.
  • Elaboración de las fichas de datos de seguridad y las etiquetas.

 

Actuaciones de REACH Integra con representante exclusivo

REACH Integra asumirás las obligaciones que REACH impone a los importadores de las sustancias, como tales en forma de mezclas o presentes en los artículos, frente a la Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas (ECHA), sin interferir en las relaciones comerciales entre la empresa representada y sus clientes Europeos.

Las actuaciones de REACH Integra como Representante exclusivo no se centran únicamente en el mero cumplimiento de las obligaciones de registro, prerregistro, etc. REACH Integra asesorará técnicamente a las empresas representadas durante todo el periodo de representación, con un doble objetivo:

  • Que la empresa representa conozca las implicaciones de REACH, a fin de conocer y poder controlar el proceso en todo momento.
  • Facilitar las respuestas a las peticiones de información de los clientes Europeos.

Si bien los Representante exclusivos no tienen competencias incluidas en el Reglamento (CE) Nº 1272/2008, REACH Integra tiene implementados los mecanismos realizar las notificaciones en grupo, importar muestras de sustancias y mezclas, etc.

 

Representante Exclusivo
Representante Exclusivo
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